FUENTE: http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00b02.html
Se suspende el pago de la prestación por desempleo, excepto si no reúnes todos los requisitos para cobrar la pensión contributiva de jubilación. En este caso puedes seguir cobrando la prestación por desempleo hasta que se agote el periodo por el que fue concedida, aunque hayas cumplido la edad para jubilarte.
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